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Knowledge Centre on Interpretation

Interpretación de lengua de signos en contextos jurídicos

Interpretación desde y hacia lenguas de signos en contextos jurídicos

Interpretación de lengua de signos en contextos jurídicos

Los intérpretes de lengua de signos pueden trabajar en todo tipo de contextos jurídicos (tribunales, comisarías de policía, etc.), ateniéndose a un código de conducta profesional. Los intérpretes están sujetos a un deber de confidencialidad y su única tarea es proporcionar una interpretación correcta, desde el punto de vista lingüístico y cultural.

Los intérpretes de lengua de signos deben estar cualificados para trabajar en entornos jurídicos. Este requisito puede verificarse en los registros nacionales de intérpretes jurídicos o en otros sistemas nacionales similares que acrediten su cualificación.

 

En muchos países está establecido por ley que, en los procesos penales, las personas sordas, con dificultades auditivas y sordociegas que utilizan la lengua de signos tienen derecho a un intérprete profesional cualificado. Además, la Directiva 2010/64/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de octubre de 2010, establece normas mínimas comunes para los países de la Unión Europea (UE) sobre el derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales, así como en los procedimientos relativos a la ejecución de la orden de detención europea.

El proyecto JUSTISGNS[1], financiado por la Comisión Europea, señala lo siguiente:

Cuando aplicamos la ley, hacemos uso de modelos de política social, conocimientos de moralidad y comportamientos culturales mayoritarios, conjeturas sobre el uso de un idioma común compartido y la aplicación de precedentes legales. Ninguno de estos elementos funciona adecuadamente ante la presencia de personas sordas en los contextos jurídicos. Por consiguiente, la pretensión de que la justicia garantizará la protección de los derechos del individuo queda en tela de juicio cuando se da por supuesto que las personas sordas acceden al sistema jurídico de la misma manera y obtienen los mismos resultados que sus conciudadanos oyentes (es decir, no sordos).

JUSTISIGNS señala las causas específicas de este problema:
el reconocimiento nulo o reducido que se otorga a la lengua de signos limita el acceso a la información en todas las fases del proceso jurídico por parte de las personas sordas
la escasa comprensión en el marco jurídico de las limitaciones que impone el proceso de interpretación cuando se trabaja con dos lenguas, así como de las dificultades adicionales de alternar entre una lengua oral y otra visual
el desconocimiento (entre los profesionales del Derecho) de los antecedentes educativos y culturales históricos de la gente sorda, lo que da pie a problemas en los contextos jurídicos.

Esto subraya la importancia de poder ofrecer intérpretes de lengua de signos cualificados a los usuarios de dicha lengua en los contextos jurídicos.

Más información sobre la interpretación de conferencias en lenguas de signos y la interpretación de lenguas de signos en contextos de servicio público.

 

[1] www.justisigns.eu Proyecto sobre la determinación de las competencias para la interpretación de lenguas de signos en contextos jurídicos y la formación de intérpretes de lenguas de signos cualificados y capacitadores en este ámbito